Michael Mendez Family Immigration

Inmigración Familiar

Una buena mayoría de las personas en los Estados Unidos no necesariamente nacieron aquí o, si lo fueron, es probable que sus padres o abuelos no lo fueran. Una de las mejores cosas de este país y su gente es la capacidad de presentar una petición familiar para que los miembros de su familia se reúnan con ellos en los EE. UU. Si bien algunas peticiones se pueden procesar con bastante rapidez, otras pueden tardar varios años en completarse.

Qué visas de inmigración familiar están disponibles?

La siguiente es una lista de las visas familiares que están disponibles para que un ciudadano y/o residente de los EE.UU. solicite para su familia:

  • Petición de familiar inmediato para ciudadano estadounidense que solicita cónyuge, padre o hijo menor de 21 años
  • Primera preferencia: Hijos e hijas adultos solteros de ciudadanos estadounidenses. Adulto significa 21 años de edad o más.
  • Segunda Preferencia: Cónyuges de residentes permanentes legales, e hijos e hijas solteros (independientemente de la edad) de residentes permanentes legales y sus hijos.
  • Tercera Preferencia: Hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses, sus cónyuges y sus hijos menores.
  • Cuarta Preferencia: Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos, sus cónyuges y sus hijos menores.

Petición de Familiar Inmediato

Un pariente inmediato se define como el cónyuge, hijo menor de 21 años o padre de un ciudadano estadounidense. El beneficio de ser ciudadano estadounidense permite que una visa esté disponible inmediatamente después de la aprobación de dicha visa. Esto significa tiempos de procesamiento más rápidos para los peticionarios ciudadanos estadounidenses. La rapidez dependerá de muchos factores, como el centro de servicio o la oficina de campo que procese el caso, así como el consulado/embajada donde se finalizará el caso en caso de que su familia esté en el extranjero.

En EE.UU.- Ajuste de estatus

Si el miembro de la familia inmediata está en los EE. UU., no importa si está aquí ilegalmente para poder obtener su residencia permanente legal siempre que pueda demostrar 3 cosas:

  • Fueron admitidos legalmente, puestos en libertad condicional o inspeccionados por un oficial de inmigración al ingresar a los EE. UU.;
  • Una visa inmediata está disponible para ellos; y para cualquier otra intención y propósito, son admisibles en los EE. UU.

Al cumplir con los requisitos anteriores, podrán continuar con un proceso llamado “Ajuste de estatus”, lo que significa que se están ajustando del estatus con el que ingresaron a los EE. UU. al de un residente permanente legal. Durante el proceso de ajuste el familiar migrante puede obtener un permiso de trabajo, número de seguro social, licencia de conducir y en algunas ocasiones un permiso de viaje mientras el caso esté pendiente. Después de una entrevista en una oficina de campo local, si el oficial de inmigración está convencido de que el peticionario y el beneficiario han cumplido con todos los requisitos anteriores, se les otorgará su residencia permanente legal.

Fuera de los EE.UU.- Procesamiento Consular

Si está fuera de los EE. UU., una vez que el miembro de la familia solicitante presente el formulario I-130 Petición familiar, todas las partes deberán esperar a que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) apruebe la petición. Una vez aprobado, se enviará al Centro Nacional de Visas (NVC) para su posterior procesamiento. Una vez que el NVC determine que el caso está documentadamente completo, se enviará a la embajada/consulado de los EE. UU. más cercano al lugar donde reside el beneficiario para una entrevista final de visa de inmigrante. Tras la aprobación de la visa, una vez que el beneficiario viaja a los EE. UU. y es inspeccionado y admitido por Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), se le considera residente permanente legal.

Qué son las categorías de preferencia?

A diferencia de los familiares inmediatos de los ciudadanos estadounidenses, todos los demás miembros de la familia en la lista anterior de visas familiares están sujetos a esperar a que una visa esté disponible antes de poder inmigrar a los EE. UU. La espera para estas visas varía mucho según la categoría de preferencia del beneficiario. en. Para administrar los tiempos de espera y organizar sus planes futuros en consecuencia, le recomendamos que consulte el boletín de visas emitido por el Departamento de Estado de los EE. UU. cada 6 meses o antes, según el tiempo de espera estimado del beneficiario.
Una y otra vez hemos visto a familias sufrir las consecuencias de no contar con la ayuda legal adecuada durante el proceso de petición familiar, lo que resulta en más demoras, pérdidas financieras y angustia emocional. En Michael Méndez, P.A. tenemos la experiencia y los recursos para asegurarnos de que usted y sus seres queridos puedan lograr sus objetivos de inmigración. El abogado Méndez es uno de los principales abogados de peticiones basadas en la familia en Orlando. Ha manejado casos complejos en todo el estado de Florida y otras partes de los EE. UU.
Para una consulta con el abogado Méndez sobre las necesidades de su petición familiar, contáctenos al 407-250-3333.

CONTÁCTAME